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Nuevas disposiciones migratorias para personal con Visa SEM en Panamá

  • administracion58436
  • 26 mar
  • 1 Min. de lectura

La Dirección del Servicio Nacional de Migración de Panamá ha establecido nuevas medidas mediante la Resolución No. 4887 del 18 de febrero de 2025, dirigidas a los extranjeros con Visa de Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional (SEM) y sus dependientes, que hayan finalizado su relación laboral.


Estas medidas regulan la permanencia temporal de los mismos en Panamá, permitiendo un periodo de estadía de hasta seis meses tras el cese del contrato laboral. Para gestionar el permiso, la empresa debe presentar la solicitud a través de la plataforma INFOSEM V.2, junto con el escrito de cancelación o desistimiento de la visa SEM, dentro de un plazo de cinco días hábiles desde la terminación del vínculo laboral.


Entre los documentos necesarios se incluye el poder del representante legal, la solicitud formal dirigida al Servicio Nacional de Migración, el carné vigente de la Visa SEM, una carta de la empresa con los detalles del solicitante y la certificación emitida por la Dirección General de Sedes de Empresas Multinacionales. Además, se deberá pagar B/.100.00 por cada carné de estadía temporal.


Finalizado el periodo de permanencia otorgado, el extranjero tendrá la obligación de abandonar el país o gestionar la regularización de su estatus migratorio en un plazo de cinco días calendario. Cabe destacar que esta nueva regulación deja sin efecto la Resolución No. 21,479 de 2011.


Si necesita más información o apoyo con los trámites migratorios relacionados con esta nueva disposición, en Signia Legal estamos a su disposición para asesorarle y acompañarle en todo el proceso.

 
 
 

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